Vamos a ver una de las principales dudas dentro de los conceptos que suele haber en los contratos de alquiler: la diferencia entre fianza y depósito del alquiler.
Para entender la diferencia entre fianza y depósito del contrato de alquiler hay que saber que la fianza es obligatoria y el depósito es opcional, sirviendo como una garantía adicional que el propietario puede añadir como cláusula del contrato.
A continuación, las explicaciones de cada concepto ayudan a entender más aún la disparidad entre fianza y depósito.
Qué es la fianza del alquiler
La fianza es solicitada por el arrendador, y su precio será el equivalente a la renta de un mes de alquiler. Cuando el contrato llegue a su fecha de vencimiento, será el arrendatario (inquilino) quien solicite la devolución de la misma.
Será el arrendador quien deposite la fianza en el organismo de vivienda competente en dicha materia de su comunidad autónoma. En Madrid esta gestión la realiza el IVIMA (Instituto de la Vivienda de Madrid). En Cataluña, por poner otro ejemplo, es INCASOL.
Qué es el depósito del alquiler
El depósito es una garantía adicional que puede solicitar el arrendador, pero no está estipulado por ley. Por ello, es necesario que conste en el contrato. LA cuantía puede ser el doble que la fianza, como máximo. Por tanto, lo máximo que se puede pagar al inicio del contrato son 3 meses entre fianza y depósito, además de otros posibles pagos como el primer mes de alquiler o los honorarios de la gestión.
Otras diferencias entre fianza y depósito de alquiler
Otra diferencia notable entre depósito y alquiler es la custodia. La fianza debe ser depositada en el organismo pertinente de la comunidad autónoma (IVIMA o INCASOL por ejemplo), mientras que el depósito será custodiado por el propietario.
La tercera diferencia, como se ha mencionado anteriormente, es la cuantía. En viviendas, la fianza es el equivalente a un mes de alquiler. El depósito puede ser de hasta 2 meses, como máximo.
Semejanzas entre depósito y fianza
Entre las semejanzas que comparten fianza y depósito, destaca que ambas se devuelven a la finalización del contrato. Como es lógico, debe comprobarse que no hay destrozos, por lo que el arrendador tiene un plazo de 30 días para comprobar el estado de la vivienda y devolver la fianza.
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